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  • Interpone multa en 2012 contra dueño de funeraria por manejo prohibido de RPBI
  • Decomisan vehículo donde movían bolsas con desechos peligrosos

Derivado de una denuncia penal interpuesta por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), el Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal, con sede en Nuevo León, sentenció a una persona a un año de prisión por la comisión del delito Contra la Gestión Ambiental, previsto y sancionado por el articulo 420 Quáter, fracción I, del Código Penal Federal.

Ello, en términos del numeral 9, párrafo primero y 13, fracción II, del artículo en cita del mismo ordenamiento, ya que se acreditó que el procesado incurrió en las conductas de transportar ilegalmente y dar destino final a un lugar del que no se cuenta con autorización Residuos Peligrosos Biológicos Infecciosos (RPBI).

Bajo la causa penal 14/2012, se emitió la resolución de fecha 23 de Abril de 2014, notificada el día 27 de Mayo de 2014, en la que se condena al dueño de la funeraria ERFIN a un año de prisión; al pago de 300 días de multa (equivalentes a $18,171.00) y el decomiso del vehículo en el que realizaba el movimiento ilegal de tales residuos.

Cabe señalar que la PROFEPA interpuso, el pasado 19 de enero de 2012, una denuncia penal ante el Agente del Ministerio Público de la Federación Investigador de San Nicolás de los Garza, en contra de un civil por el transporte y recepción irregular de los RPBI.

El 18 de enero de 2012, en atención a una denuncia del Departamento de la Dirección de Salud del municipio de General Escobedo, Nuevo León, inspectores federales de la PROFEPA realizaron visita de inspección a un tiradero de escombro, donde ubicaron a una persona deshaciéndose de los RPBI provenientes de la funeraria ERFIN, quien aseguró seguir indicaciones de su patrón.

Esta Procuraduría realizó una inspección al negocio ubicado en Diego de Montemayor 1213 cruz con avenida Colón en el municipio de Monterrey, Nuevo León, con la finalidad de verificar el manejo en materia de Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos, encontrando las irregularidades que fortalecieron la acusación penal.

PROFEPA detectó que no contaba con la autorización para el transporte de dichos residuos ni con los manifiestos de entrega, transporte y recepción de los mismos, que ampararan la carga y disposición final de éstos.

Además, carecía de registro y bitácora como generador de residuos peligrosos biológico-infecciosos; aviso a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) de las inconsistencias de ciertos manifiestos de entrega, transporte y recepción; y autorización para recolección y transporte de los RPBI expedida por SEMARNAT.

Con estas acciones, PROFEPA reitera su compromiso con la sociedad de perseguir y dar seguimiento a los delitos ambientales hasta lograr que se impongan las penas respectivas por su comisión.